En el proceso civil, ¿es posible requerir a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para que remita la declaración de renta de una de las partes?

La Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, mediante auto del 20 de junio de 2025, radicado n.° 11001 3103 032 2023 00417 01, con ponencia de la magistrada Martha Isabel García Serrano, respondió de manera negativa a este interrogante.
Según la providencia, por mandato del artículo 583 del Estatuto Tributario, la reserva de los datos financieros de los contribuyentes solo puede levantarse por orden judicial “en los procesos penales o en los tramites de fijación de alimentos a favor de niños, niñas y adolescentes”.
“Ahora bien, pese a que el apelante sostuvo que la declaración de renta de los convocados constituía una prueba fundamental para controvertir las excepciones propuestas y demostrar la simulación del negocio jurídico, debe advertirse que la sola utilidad que pueda revestir un medio probatorio no autoriza per se su decreto cuando éste se encuentra limitado por una reserva legal de carácter estricto”.
Fuente: Universidad Externado de Colombia.
